Usucapion

Improcedencia de la demanda – Intervención de título – Prueba- Valoración de la prueba.

Fallo 111.426 – CNCiv., Sala H, 2007/02//21 – S., J. A. c. R. de C.,O. G. La Ley, 7/5/07.

El fallo establece que el hecho de no domiciliarse en el inmueble que se pretende usucapir no obstaculiza la acción de usucapión y asimismo el domiciliarse en el inmueble no basta por sí solo para probar la posesión del mismo.
Los elementos y probanzas presentados en los juicios de adquisición del dominio por usucapión deben ser analizados prudentemente; y solamente cuando el Juez de la causa esté plenamente convencido, debe accederse a la petición formulada ya que están en juego razones de orden público y debe considerarse que se trata de un modo excepcional de adquirir el dominio, que aparejará que se extinga para el titular actual dicho derecho en virtud del principio de exclusividad de este derecho real sentado por el art. 2508 del Cód. Civil.
El fallo de Cámara rechaza la acción instaurada de prescripción adquisitiva porque el actor no probó efectivamente la realización de actos posesorios, y no acreditó la ejecución de ninguno de los mencionados en el art. 2384 del Cód. Civil ni otros equivalentes, ya que sólo acompaña comprobantes del pago de impuestos y de expensas, con lo que intentaría probar el animus domini, que es uno de los elementos de la posesión pero nada prueba con respecto al corpus, que es el otro elemento.